Objetivo General:
Promover y regular los mercados de carbono, enfocados en fomentar la cooperación internacional, reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de manera rentable y promover el desarrollo en la implementación de medidas climáticas sostenibles.
Funciones Principales:
a) Regular los enfoques cooperativos, como el comercio internacional de emisiones, para garantizar su correcta implementación, mediante el establecimiento de normas y directrices claras para el funcionamiento de los mercados de carbono, y la definición de requisitos y procedimientos para participar en el comercio de emisiones, según los estándares de calidad establecidos para las unidades de reducción de emisiones.
b) Supervisar el cumplimiento de las normas y de los objetivos climáticos para asegurar la integridad y transparencia en las transacciones de derechos de emisión, a través de la realización de auditorías y verificaciones periódicas para garantizar que las emisiones reportadas sean precisas y verificables, y que las transacciones de derechos de emisión se realicen de manera transparente y cumplan con las normas establecidas.
c) Asesorar a los organismos regulados y a los actores involucrados en el comercio de carbono, sobre la selección y adquisición de Proyectos de Reducción de Emisiones confiables y efectivos, evaluar las solicitudes de Cartas de No Objeción, conforme a lo establecido en el Artículo 6 del Acuerdo de Paris, y aprobar los proyectos, bajo el mecanismo vigente, a través de orientación sobre las mejores prácticas en la adquisición y uso de unidades de reducción de emisiones de GEI, y proporcionando información actualizada sobre los avances y tendencias en los mercados de carbono.
d) Coordinar con otros organismos gubernamentales, organizaciones internacionales y partes interesadas relevantes para compartir información y experiencias, promover la coherencia entre los diferentes instrumentos y políticas climáticas, y fomentar la cooperación internacional en la implementación de los enfoques cooperativos y la promoción del desarrollo sostenible.
e) Monitorear y evaluar el funcionamiento de los mercados de carbono y los enfoques cooperativos implementados, mediante la recopilación de datos relevantes, el análisis y valoración del impacto de las acciones tomadas en la reducción de emisiones y el cumplimiento de los objetivos climáticos.
f) Proponer la aprobación y registro de programas e iniciativas que promuevan la ejecución de proyectos destinados a la mitigación de emisiones de GEI, a nivel nacional e internacional, siguiendo las directrices establecidas en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Acuerdo de París.
g) Analizar e identificar oportunidades de financiamiento, en el mercado internacional, para la adquisición de Certificados de Reducción de Emisiones (CER, por sus siglas en inglés) y/o de Implementación de Proyectos de Secuestro de CO2 Mediante Sumideros, a través de la colaboración con organismos financieros y entidades relevantes.
h) Revisar y evaluar los documentos de iniciativas para Proyectos del Mecanismo de Desarrollo Limpio (CDM-PDD, por sus siglas en inglés) bajo el Protocolo de Kioto, y preparar, para la firma de la MAE, la Carta de Aprobación Nacional (LoA, por sus siglas en inglés) de los proyectos para la transición al Nuevo Mecanismo.
i) Examinar, identificar y contribuir a superar las barreras que obstaculizan la ejecución de proyectos de energías renovables, tales como barreras regulatorias, financieras, técnicas o de conocimiento, a través de la implementación de mecanismos eficaces y eficientes.
j) Promover el fortalecimiento de las capacidades técnicas nacionales para la elaboración y desarrollo de proyectos de mitigación de GEI, alineados con los compromisos y políticas ambientales establecidos por el Estado.
k) Realizar cualquier función afín o complementaria que le sea asignada por su superior inmediato.
